Deberán presentarse mediante escrito en la
sede de la Comunidad de Bardenas Reales de Navarra,
en el que se describa la actividad que se desea
realizar. Al menos se deberán concretar los aspectos
siguientes:
-
Fechas de reserva, incluyendo
preparación y desmontaje de decorados si los
hay.
-
Localizaciones previstas, a poder ser
identificadas con fotografías.
-
Equipo humano, con número de técnicos,
actores, extras, etc.
-
Material, incluyendo número y tipo de
vehículos, especialmente si hay medios aéreos
como helicóptero.
-
Descripción de los decorados a
instalar, si existen.
-
Empleo o no de efectos especiales.
-
Necesidad de realizar movimientos de
tierras o cortes de tráfico.
Las tarifas actualizadas para este año son
de 700 € por día de rodaje ó reportaje fotográfico y
de 1.000 € por día para producciones
cinematográficas.
En función de las características de los
trabajos a realizar, podrá ser necesario establecer
un depósito de fianza como garantía ante la
producción de determinados daños. El depósito será
devuelto en cuanto se compruebe la no existencia de
este tipo de problemas y la recepción de una copia
del trabajo realizado para su archivo.
Los trabajos que tengan una nítida
finalidad educativa ó documental podrán ser exentos
de tasas, si así lo determina el Órgano Gestor. En
este caso deberá entregarse a la Comunidad de
Bardenas una copia íntegra del trabajo realizado,
tanto del bruto como del montaje final, que podrán
ser utilizados dentro del programa de educación
ambiental del Parque Natural.
Con carácter general y de acuerdo con los
principios de la Normativa del Parque,
deberán observarse las siguientes instrucciones:
1ª.- La circulación de
todos los vehículos se limitará a los caminos
señalizados para su uso libre. El tránsito por otros
caminos deberá ser previamente autorizado. En ningún
caso se circulará fuera de los caminos o carreteras
existentes y las imágenes a realizar no deberán
reflejar vehículos a campo traviesa o actitudes
agresivas con el medio natural.
2ª.- No podrán realizarse
modificaciones del suelo, movimiento de tierras ó
piedras, ni emplearse animales o plantas ajenos a
Bardenas, que no hayan sido expresamente
autorizados.
3ª.- Está prohibido
cortar, arrancar o recolectar cualquier tipo de
vegetación, así como capturar, dañar o inquietar a
los animales salvajes ó al ganado.
4ª.- Todos los
desperdicios, escombros o basuras generados durante
el transcurso de esta actividad deben ser recogidos
y depositados adecuadamente fuera de Bardenas.