SOLICITUD
PARA FILMACIONES, RODAJES O REPORTAJES FOTOGRÁFICOS PUBLICITARIOS
EN EL P.N. DE BARDENAS
Deberán
presentarse mediante escrito en la sede de la Comunidad de Bardenas
Reales de Navarra, en el que se describa la actividad que se desea
realizar. Al menos se deberán concretar los aspectos siguientes:
-
Fechas
de reserva, incluyendo preparación y desmontaje de
decorados si los hay.
-
Localizaciones
previstas, a poder ser identificadas con fotografías.
-
Equipo
humano, con número de técnicos, actores, extras,
etc.
-
Material,
incluyendo número y tipo de vehículos, especialmente
si hay medios aéreos como helicóptero.
-
Descripción
de los decorados a instalar, si existen.
-
Empleo
o no de efectos especiales.
-
Necesidad
de realizar movimientos de tierras o cortes de tráfico.
Las
tarifas actualizadas para este año son de 700 € por día
de rodaje ó reportaje fotográfico y de 1.000 €
por día para producciones cinematográficas.
En
función de las características de los trabajos a
realizar, podrá ser necesario establecer un depósito
de fianza como garantía ante la producción de determinados
daños. El depósito será devuelto en cuanto
se compruebe la no existencia de este tipo de problemas y la recepción
de una copia del trabajo realizado para su archivo.
Los
trabajos que tengan una nítida finalidad educativa ó
documental podrán ser exentos de tasas, si así lo
determina el Órgano Gestor. En este caso deberá
entregarse a la Comunidad de Bardenas una copia íntegra
del trabajo realizado, tanto del bruto como del montaje final,
que podrán ser utilizados dentro del programa de educación
ambiental del Parque Natural.
Con
carácter general y de acuerdo con los principios de la
Normativa del Parque, deberán observarse
las siguientes instrucciones:
1ª.-
La circulación de todos los vehículos se limitará
a los caminos señalizados para su uso libre. El tránsito
por otros caminos deberá ser previamente autorizado. En
ningún caso se circulará fuera de los caminos o
carreteras existentes y las imágenes a realizar no deberán
reflejar vehículos a campo traviesa o actitudes agresivas
con el medio natural.
2ª.-
No podrán realizarse modificaciones del suelo, movimiento
de tierras ó piedras, ni emplearse animales o plantas ajenos
a Bardenas, que no hayan sido expresamente autorizados.
3ª.-
Está prohibido cortar, arrancar o recolectar cualquier
tipo de vegetación, así como capturar, dañar
o inquietar a los animales salvajes ó al ganado.
4ª.-
Todos los desperdicios, escombros o basuras generados durante
el transcurso de esta actividad deben ser recogidos y depositados
adecuadamente fuera de Bardenas. |